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LAS ZANOHORIAS Y LOS PALOS DE HACIENDA: OJO CON LA DEVULUCIÓN MENSUAL DEL IVA.

El 19 de enero de 2010 se publica en el BOE la resolución de 12 de enero de 2010, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan General de Control Tributario 2010, es decir los criterios preferentes para realizar las inspecciones de Hacienda.

Es de destacar como nada más empezar a leer dicha resolución primero aparece la zanahoria antes de enumerar por donde van a ir los palos, y así en el sexto párrafo se nos destaca que,”la Orden EHA/1030/2009, de 23 de abril, eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 18.000 euros, con la que se pretende agilizar y favorecer el mantenimiento de la actividad económica, sin disminuir los mecanismos de calidad que permitan asegurar el cobro de las deudas aplazadas”, medida esta que en efecto se puede considerar muy positiva y adaptada a la realidad económica, ya que el anterior limite de 6.000 euros era un anacronismo de dudosa utilidad.

A continuación, después de decirnos que nos han regalado un caramelo, nos dicen por donde van a ir los palos, destacando aquí solo unos pocos por estar relacionados con el contenido de este blog.

Y así entre las áreas de riesgo fiscal de atención preferente, se enumeran una serie de actuaciones de control intensivo, entre las que nos encontramos las siguientes:

g) Atendiendo a la actual situación económica, se incluirán programas de actuación tendentes a prevenir la presentación de declaraciones periódicas con importes inferiores a los que procede declarar, poniéndose un especial acento en materia de retenciones e IVA de 2010 para evitar traslados de saldos a períodos impositivos siguientes así como la aplicación de tipos o bases de tributación inferiores a los legalmente procedentes.

Es decir, si la empresa carece de liquidez para hacer frente a los pagos, debe de fraccionarlos y pagar los respectivos intereses a hacienda, intereses que a día de hoy son de 5%, y que viendo como los bancos suben los tipos de interés en la financiación a C/P, tanto en descuento de efectos como en prestamos bancarios, se puede considerar una buena fuente de financiación a C/P. Otra opción es facturar los albaranes a principio del siguiente en lugar de fin de mes cuando toca liquidación, pero esto es algo que puede dar muy mala imagen de cara a los clientes y que muy pocas empresas hacen, ya que a lo mínimo que se exponen es a las protestas de los clientes.

Otra zanahoria de la que disfrutaron los contribuyentes en 2009 fue la posibilidad de pedir la devolución mensual del IVA, para lo cual la Agencia Tributaria nos doto de las herramientas necesarias para ello que se pueden ver pinchando el enlace anterior, pero ya ese mismo año nos advertían con que esa zanahoria podría resultar indigesta y así en la resolución de 21 de enero de la Dirección General de la AEAT, por la que se aprueban las directrices generales del Plan General de Control Tributario para 2009, ya se nos advertía en su apartado j) que decía que “en el año 2009, cobrará una especial relevancia el control de las solicitudes de devolución de IVA a raíz de la aprobación del nuevo régimen de devoluciones mensuales. Ello hará que, junto con el tradicional control de las solicitudes de IVA 2008, se deba realizar un esfuerzo extraordinario en materia de control de sujetos que soliciten el acceso al Registro de Devolución Mensual así como al específico control de las solicitudes de devolución que mensualmente se vayan presentando al objeto de evitar la realización de devoluciones indebidas por parte del Tesoro.”

Y por si alguien no se entero este año nos lo recuerdan y recalcan en el apartado m) que dice que “en el año 2010, se mantiene como área de especial atención el control de las solicitudes de devolución de IVA, tanto de carácter anual como mensual, todo ello con el fin de evitar que se realicen devoluciones indebidas por parte del Tesoro.”.

Debemos considerarnos pues avisados de que si nos comemos la zanahoria podemos llevarnos un palo, porque aunque se tenga todo en regla sufrir una inspección de Hacienda no es plato de buen gusto y supone una pérdida de tiempo y recursos muy valiosos en los actuales tiempos.

Pero por si no nos hemos enterado en el apartado referente a las actuaciones de control extensivo no tienen desperdicio los apartados a) y b)

a) En el área del control censal, tendrán especial relevancia en 2010 las actuaciones de control de acceso al Registro de Devolución Mensual

b) En 2010, se mantendrá el análisis mediante herramientas informáticas de la procedencia de devoluciones sobre la base de parámetros de riesgo recaudatorio. Se prestará especial atención al control de las devoluciones de IVA solicitadas por contribuyentes inmersos en tramas de fraude. Asimismo, se evaluarán los riesgos recaudatorios de aquellos contribuyentes inscritos en el Registro de Devolución Mensual. Por otra parte, se intensificará el control de las declaraciones presentadas por contribuyentes acogidos al Régimen Especial de Grupos de Entidades en relación con la correcta aplicación de este régimen, prestando especial atención a aquellos que tengan derecho a obtener devoluciones mensuales.

Menos mal que en el apartado q) se nos dice que continuarán llevándose a cabo actuaciones dirigidas al desmantelamiento financiero de las redes de narcotraficantes y contrabandistas y la localización e intervención de activos procedentes de estos delitos.

Aunque quizás para el año se dediquen menos esfuerzos a perseguir estos delitos y se redoblen los esfuerzos en perseguir a los presuntos defraudadores que osen estar inscritos en el Registro de Devolución Mensual.

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